72
ARTÍCULOS ORIGINALES
YENI ALEXANDRA LOAIZA ÁLZATE, CAMILO ANDRÉS GARZÓN CORREA
Revista Perspectiva Empresarial, Vol. 8, No. 2-2, julio-diciembre de 2021, 66-82
ISSN 2389-8186, E-ISSN 2389-8194
Uno de los aspectos para analizar la
descentralización es que esta siempre dependerá
de las formas de Estado de cada país. Precisamente,
en América Latina, encontramos diferentes
modelos de Estado:
(i) Estado federal: En este modelo se pueden
distinguir dos niveles, el primero es la federación
por una parte y el otro son los Estados miembros.
Aquí cada ciudadano de los Estados miembros
está en la obligación tanto de cumplir con las leyes
específicas de su propio Estado como con las leyes
del Estado federal que los cobija en la unión.
Así pues,
el Estado federal puede tener su origen en
la asociación de Estados independientes o
solamente ligados por una alianza confederada,
que es el caso más frecuente. Pero también
puede proceder de una descentralización
extrema de un Estado anteriormente unitario.
Es entonces un federalismo por disociación o
segregación. (Serna y Burdeau, 1980, p. 209)
(ii) Estado unitario: esta forma está constituida
por un solo centro de poder en todo el territorio
con instituciones políticas como la legislativa,
ejecutiva y judicial. Existe una variante que es el
Estado unitario regionalizado, el cual se caracteriza
por la existencia de diversas instituciones políticas
en el nivel intermedio con legitimidad democrática
independientemente del grado de poder que
se disponga. Asimismo, las normas de éstas han
sido dispuestas por las instituciones centrales del
forma político estatal unitaria, por el contrario,
ha respondido a una exigencia histórica. Las
sociedades, por razones históricas conocidas, han
tendido hacia su unidad jurídica” (p. 5).
Con una estructura unitaria es posible conocer
las diversas formas en que el territorio nacional
se divide (es decir, en las diferentes secciones
territoriales), advirtiendo que por lo general el nivel
central se encuentra ubicado en la capital desde la
cual se distribuyen los diferentes entes territoriales
que conforman el Estado. En otro sentido, según
la división territorial, es posible encontrar por lo
menos dos tipos de autoridades: las que tienen
a su cargo las competencias y facultades en los
temas del Estado en general; es decir aquellas
autoridades nacionales y las que se encargan de
los temas propios de cada una de las entidades
territoriales que conforman el Estado (Cruz, 2014).
Por otro lado, existe un tipo de Estado unitario con
una organización territorial que consiste en la
consolidación de niveles múltiples de autogobierno
en las diversas partes del territorio. En palabras
de Ochoa (2011), en determinadas situaciones se
crean instituciones y capacidades particulares en un
territorio con determinadas características (como,
por ejemplo, las territoriales étnicas indígenas).
El análisis del grado de descentralización de los
Estados se advierte con mayor o menor relevancia,
dependiendo de las estrategias de los gobiernos.
de los últimos años ha sido irregular con grandes
diferencias entre países en cuanto a la profundidad
de las transformaciones, con ello los gobiernos
centrales mantienen un papel preponderante en
la mayoría de los casos” (Cardona, 2010).
en este proceso están directamente relacionados
con la manera en cómo los gobiernos nacionales
abordan la descentralización; siendo un proceso
que fortalece el papel de las administraciones
territoriales. Esto no quiere decir que en los
Estados en los cuales la descentralización está
más profundizada, las autoridades nacionales
sean más propensas a fortalecer la autonomía de
los gobiernos subnacionales. Por otro lado, al tratar
el alcance de la descentralización, se tendrá que
revisar la capacidad que tienen los gobiernos locales
y regionales de incidir en la política nacional ya
sea individual o colectivamente (Guzmán, 2011).
(iii) Estado autonómico: es aquel en el
que las regiones (localidades y municipios)
pueden autogobernarse a través de autoridades
individuales y/o colegiadas. Su característica
principal es la autonomía política del pueblo
—política y administrativamente delineado bajo
un marco estatal—, que es representado por sus
autoridades propias; el objetivo principal de
estatales y concertar el plan de gobierno con el
propio pueblo. Para diversos tratadistas, entre
ellos La Pergola (1961), el concepto autonómico
nace de dos temores bien infundados: el peligro
del autoritarismo o totalitarismo de un Estado
unitario centralizado y los posibles efectos de